Te asesoramos y nos encargamos de gestionar todos los trámites necesarios para realizar el Impuesto de Sucesiones y la Declaración de herederos, si fuese necesario.
De forma resumida, estos son los pasos necesarios para gestionar una herencia:
- Solicitud del Certificado de defunción
- Solicitud del Certificado de actos de últimas voluntades
- Solicitud del Certificado de cobertura de seguro
Tras realizar esto, sabremos si existe o no testamento.
Si no había testamento, será necesario hacer la DECLARACIÓN DE HEREDEROS, para la cual necesitaremos:
- DNI del causante o Certificado de empadronamiento para acreditar el domicilio habitual del mismo
- Certificado de defunción
- Certificado de actos de última voluntad
- Certificado de nacimiento
- Libro de Familia
- Certificado de matrimonio (en el caso de estar casado)
- Certificado de nacimiento de los hijos (en el caso de que tubiera hijos)
- DNI de los herederos
También deberán acudir al Notario, 2 testigos, mayores de edad que no sean parientes, los cuales deberán testificar sobre las circunstancias personales y familiares del fallecido.
Pasados 20 días hábiles desde que se firma el requerimiento inicial de acta notarial, se podrá expedir la copia del acta de declaración de herederos y con ello, realizar la partición de herencia.
Una vez realizado todo lo anterior, es el momento de tramitar el IMPUESTO DE SUCESIONES
Si tienes que realizar un Impuesto de Sucesiones y no sabes muy bien qué hacer o simplemente necesitas que te hagamos un presupuesto sobre algún trámite en concreto, escríbemos a info@jbarrosasesores.com y consúltanos tu caso.
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